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Normativa actual sobre autoconsumo y energía solar

En España ha entrado en vigor una nueva normativa de autoconsumo fotovoltaico que introduce no pocos cambios que tienen por objeto incentivar y promover la producción de energía solar. Esta nueva normativa trajo consigo una serie de cambios muy ventajosos respecto de la anterior, promoviendo el uso de energías renovables.

No obstante, la nueva normativa puede resultar compleja, por lo que quizá pueda resultar necesario el asesoramiento de expertos en la materia. Si buscas un despacho de abogados en Sevilla que te oriente sobre esta cuestión, apuesta por Prevención Legal Sevilla, experto abogado laboral en Sevilla y en otras cuestiones.

Normativa sobre autoconsumo fotovoltaico  

Con el Real Decreto 244/2019 se introducen una serie de cambios de gran importancia. Son los siguientes:

  • Eliminación de las tasas por la generación fotovoltaica. Con ello, se deroga el denominado impuesto al sol que gravaba el autoconsumo eléctrico.
  • Compensación de excedentes. Cuando los paneles solares producen más energía de la que se consume, esta energía será vertida a la red eléctrica y se llevará a cabo un descuento de esa energía en la factura energética.
  • Permitido el autoconsumo compartido. Esto es importante, ya que permite que comunidades de vecinos y otro tipo de asociaciones puedan generar su propia energía fotovoltaica.
  • No hay límites de potencia. Con la normativa anterior sólo se podía instalar una potencia fotovoltaica que no fuera superior a la potencia contratada. No obstante, con la entrada en vigor de esta nueva normativa no existe ningún límite en la instalación de potencia fotovoltaica.
  • Alquiler de tejados de tercero. La nueva normativa permite arrendar tejados a terceros para instalar placas solares y poder generar electricidad.

Tipos de autoconsumo

De acuerdo con el Real Decreto 244/2019 hay diferentes tipos de autoconsumo. Son los siguientes:

  • Autoconsumo sin excedentes: este tipo de autoconsumo hace referencia a las instalaciones que no producen más energía que la que necesitan, por lo que los excedentes de energía no son volcados a la red eléctrica.
  • Autoconsumo con excedentes: este tipo de autoconsumo hace referencia a aquellas instalaciones que producen más energía que la que necesitan, siendo vertidos los excedentes a la red eléctrica. En este caso, puede haber una compensación en el consumo, en cuyo caso la energía vertida a la red se restará de la factura eléctrica, o puede no haber compensación, en cuyo caso el excedente de energía será vendido al precio pactado con la comercializadora.

Sin duda, con esta nueva normativa se promoverá el autoconsumo eléctrico, lo que favorecerá el cuidado del medio ambiente y supondrá un buen ahorro de dinero en la factura de la luz.

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